La realidad, en todos sus ámbitos, no es neutral ni objetiva. Para entenderla y vivirla utilizamos paradigmas (Kuhn), entidades mentales (Kant) o lingüísticas (Wittgenstein) que determinan lo que es real y verdadero. E incluso, bajándonos de estas nociones abstractas para ir a otras más concretas, podemos decir que en todo ámbito humano hay intereses políticos, sociales, culturales y económicos que participan en la conformación de las sociedades actuales, y los conceptos que utilizamos para explicarlas. Definitivamente, como bien lo dice Ibáñez en casi todos sus textos, la realidad no existe independientemente de nosotros, de nuestras maneras de hablar, de la forma práctica y corporal con la que abordamos el entorno y de nuestros valores como un colectivo.
Ahora bien, en términos judiciales, es común que escuchemos que el código penal y el sistema penitenciario es el resultado de un esfuerzo de siglos que ha logrado traducir los pensamientos intelectuales en una propuesta penal justa, objetiva, neutral, sin tendencias hacia un grupo en particular. De modo que cualquier sentencia o pena, comprobada con hechos “reales” o “demostrables”, es un mal necesario, justo y desinteresado para mantener el control de un Estado equitativo.
Sin embargo, esto no es del todo cierto. Si asumimos el primer párrafo que afirma que la realidad se conforma en y por los intereses humanos, no es muy difícil que deduzcamos que el código penal tiene intereses de por medio que lo dirigen hacia ciertas clases (algunos las llaman bajas), y dejan a un lado muchas actividades ilícitas que realizan los grupos dominantes (delitos de cuello blanco: robo de millones, fraudes, entre otros). La justicia no es neutra, más bien, parafraseando a Bustos Ramírez, es una justicia de clases y, por consiguiente, sus leyes son una expresión del poder de una clase que no pueden recaer sobre ella, sino sobre la sometida.
Pero esto no termina aquí. Para Baratta, jurista y sociólogo, enfocarnos solamente en el sistema y marco penal para encontrar la forma en que se reproduce o consolida una determinada realidad social es un error, o mejor dicho, un análisis parcial de la complejidad del fenómeno. También tenemos que dirigir la mirada a la sociedad entera, en especial, a la educación: punto crítico donde comienza la separación de clases para asegurar el orden social mediante los costos escolares, la aplicación de test psicométricos y la actitud de los maestros hacia los niños provenientes de zonas marginales. En suma, la idea es que los colegios u escuelas, pensadas como instituciones de socialización, perpetúan la discriminación y marginación a través de mecanismos de interacción entre escolares y profesores.
En este sentido, la inequidad no solamente la podemos ver en la justicia o marco penal, sino también en el sistema escolar. No obstante, vayamos más allá, y entremos al terreno de lo cibernético. Preguntémonos ¿de qué manera la tecnología está inserta en esta lógica de marginación y dominación? y ¿cómo se consolidan las relaciones de poder desde el cíber terreno?
Algunos autores argumentan que la tecnología es un dispositivo de poder entre géneros. Sus conclusiones explican que las mujeres, por propia voluntad, no se relacionan con aparatos tecnológicos (en especial los video-juegos), lo cual, representa la exclusión de las mujeres en el terreno de la ciencia y la tecnología. Otros manifiestan que la misma tecnología junto con la ciencia se utilizan para desprestigiar a las comunidades no-tecnológicas o que no se encuentran en la línea de la modernización e industrialización (tribus, países marginados, entre otros). Inclusive, desde otra línea, hay quienes argumentan que las plataformas cibernéticas son utilizadas para dominar y controlar a las poblaciones desde el registro y examen minucioso de todas las actividades online. Panóptico foucaultiano, pero aquí es un examen más discreto y descentralizado.
En fin, ni la justicia, ni el Internet, ni las escuelas son ecuánimes o imparciales. Cualquier sistema está impregnado de intereses humanos que protegen a las clases dominantes, subordinando a las demás. Para lograr el cambio, habrá que buscar una solución partiendo desde este punto, y no desde la ingenuidad de que ciertos sistemas que nos ordenan, vigilan y educan son neutrales o naturales.
Luis Jaime González Gil
Maestro en Psicología Social por la Universidad Autónoma de Barcelona y Director de eResearch en Antropomedia
Email: luisjaime@antropomedia.com
Referencias
- Baratta, A. (1986). Criminología crítica y crítica del derecho penal: Introducción a la sociología jurídica-penal. México: Siglo XIX.
- Bustos, J. (1987). Control social y sistema penal. Barcelona: PPU.
- Foucault, M. (1975). Vigilar y castigar: Nacimiento de la prisión. Francia: Gallimard.
- Ibáñez, T. (2005). Contra la dominación: variaciones sobre la salvaje exigencia de libertad que borta del relativismo y de las consonancias entre Castoriadis, Foucault, Rorty y Serres. Barcelona: Gedisa.